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Finanzas

Ayudas para proyectos en el marco de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información

13 junio, 2012

Mediante la Resolución de 5 de junio de 2012, de  la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, publicada en el BOE del día 7 de Junio del presente año, se efectuó la convocatoria 1/2012 para la concesión de ayudas para la realización de proyectos en el marco de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica en el subprograma de Competitividad I+D.

En este contexto son prioritarios todos aquellos proyectos dirigidos a impulsar las siguientes líneas de  actuación de la Agenda Digital Europea:

a) Competitividad de la PYME.

b) Smart Cities y administración electrónica.

c) Contenidos y servicios interoperables y sin fronteras.

d) Servicios en un entorno de movilidad.

Y para ello, son considerados los siguientes ámbitos temáticos:

a)      Internet del futuro.

b)     Sistemas y dispositivos.

c)      Soluciones TIC para la empresa.

d)     Seguridad.

e)      Salud y bienestar social.

f)       Administración Pública.

Los proyectos podrán realizarse de forma individual o en cooperación, y podrán ser beneficiarias las entidades privadas sin fines de lucro legalmente constituidas, las empresas, las agrupaciones y asociaciones empresariales, los organismos de investigación,  y otras entidades de derecho público, debiéndose tener en cuenta las siguientes salvedades:

1. En la tipología Empresas quedan excluidas las entidades sin fin de lucro que ejerzan actividad económica, las empresas públicas y los profesionales autónomos.

2. Los organismos de investigación podrán participar únicamente en los proyectos de ámbito internacional, no pudiendo actuar como entidades coordinadoras. No obstante, podrán participar en los proyectos nacionales como entidades subcontratadas.

3. Los organismos públicos de investigación que participen en un proyecto de ámbito internacional, sólo podrán recibir ayuda en la modalidad de subvención.

4. Las entidades del sector público comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 2 del texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, no podrán ser beneficiarias de ayuda en la modalidad de préstamo en el marco de la presente convocatoria.

El plazo para la presentación de solicitudes si los proyectos son individuales o por el representante de la agrupación de los proyectos en cooperación, se establece hasta el día 5 de Julio de 2012, para el caso de las entidades participantes en los proyectos en cooperación dispondrán de un  plazo adicional hasta el día 10 de Julio.

Por Aurelio Moñino

www.infoayudas.com

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