Innoeuropa 2011
Por Aurelio Moñino, Infoayudas.
El Ministerio de Ciencia e Innovación ha publicado en el BOE de 25 de marzo de 2011, la Orden CIN/641/2011, de 14 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria del año 2011 para la concesión de las subvenciones correspondientes al subprograma Innoeuropa, dentro de la línea instrumental de articulación e internacionalización del sistema, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.
Estas subvenciones están orientadas a fomentar la participación de los centros tecnológicos españoles en el VII Programa Marco de la Unión Europea, de forma que:
a) Se aumente sensiblemente la tasa de retorno conseguida por los centros tecnológicos en el VI Programa Marco de I+D.
b) Se aumente el liderazgo de los centros tecnológicos en los proyectos del VII Programa Marco.
c) Se fomente por parte de los centros tecnológicos la participación de empresas españolas en consorcios del VII Programa Marco, promoviendo la incorporación de nuevas empresas.
El objetivo final de Innoeuropa es dotar a los centros tecnológicos de la estructura y los conocimientos necesarios para que éstos consigan obtener financiación comunitaria.
Las actuaciones podrán consistir en:
a) Crear y/o fortalecer Oficinas de Proyectos Europeos.
b) Promover la formación y cualificación de gestores de proyectos internacionales en los centros tecnológicos.
c) Incorporar nuevo personal altamente cualificado a la Oficina de Proyectos Europeos.
d) Introducir mejoras en los sistemas de gestión de proyectos.
e) Incrementar la pertenencia a redes y plataformas nacionales y europeas.
f) Promover la colaboración con otras entidades nacionales e internacionales en el marco del VII Programa Marco.
g) Impulsar la participación de empresas españolas en los proyectos europeos.
h) Otras actuaciones que contribuyan a la consecución de los objetivos fijados.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones exclusivamente los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre en el momento de la presentación de la solicitud.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE, y la cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
No hay comentarios