Una web de INFORMA D&B S.A.U. (S.M.E) NEWSLETTER

Autónomos, Pymes y Emprendedores

Arranca la campaña de la Renta 2016 con novedades para autónomos

06 abril, 2017

Ya está aquí la cita más destacable del calendario fiscal para todos los contribuyentes: La declaración de la Renta 2016. Esta campaña ha comenzado con pocas novedades normativas respecto a la campaña anterior pero algunas de las introducidas afectan a la declaración del trabajador autónomo. En este post te contamos todo lo que debes tener en cuenta para presentar tu Renta 2016.

Recuerda que si a lo largo del 2016 has presentado el modelo 130 o eres un profesional autónomo que haya incluido retenciones en sus facturas, dependiendo de las cantidades que hayas anticipado a Hacienda y el rendimiento anual de tu actividad, la Renta 2016 te podrás salir a pagar o a devolver.

1.  Calendario de la campaña de la Renta 2016

Desde el pasado 5 de abril y hasta el próximo 30 de junio los autónomos y el conjunto de contribuyentes podrán presentar la declaración de la Renta 2016 con el ya tradicional modelo D-100, que recoge los rendimientos anuales de las actividades económicas de los trabajadores por cuenta propia. Aquí te detallamos las fechas más importantes:

  • 5 de abril: Inicio del programa Renta Web donde solicitar, modificar y confirmar telemáticamente la Declaración de la Renta 2016.
  • 4 de mayo: Comienza el periodo para solicitar citas previas a través de Internet y por teléfono hasta el 29 de junio.
  • 11 de mayo: Pistoletazo de salida para la atención presencial en la Agencia Tributaria hasta el final de la campaña y previa petición de cita.
  • 26 de junio: Culmina el plazo para la presentación de rentas con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio: Fin de la campaña de la Renta 2016. Se abre el plazo de Hacienda para las devoluciones.

2. Principales novedades para autónomos en la Renta 2016

El grueso de los cambios introducidos en la declaración de 2015 se mantiene, por lo que se trata realmente de una campaña con pocas novedades normativas o de procedimiento. Veamos cuáles son las modificaciones que afectan al trabajador por cuenta propia:

2.1. Renta Web también para autónomos

Si hay una novedad destacable en esta campaña del IRPF es la desaparición del programa PADRE que, hasta ahora, llevaba más de tres décadas facilitando al contribuyente la creación, modificando y presentación de la declaración de la renta. Este año el sistema se ve completamente sustituido por Renta Web, una aplicación operativa desde el año pasado, excepto para autónomos, que en 2017 facilitará por vez primera el borrador al trabajador por cuenta propia.

A priori el programa Renta Web es ventajoso para los contribuyentes autónomos pero, ante la información limitada que dispone Hacienda sobre actividades económicas, es más que recomendable contar con tu asesoría para la comprobación y presentación de tu renta.

Modificación tras la presentación

El programa Renta Web pretende simplificar el procedimiento de rectificación de la declaración aún después de haberla presentado. Si detectas algún error a posteriori y quieres cambiarlo, tendrás que acceder a tu autoliquidación con la herramienta y marcar la casilla 127 para obtener un nuevo cálculo.

2.2 Cambios en deducciones

Se mantienen la mayoría de deducciones más destacadas respecto a la pasada campaña: 20% en las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos, un 10% los donativos a las fundaciones legalmente reconocidas y la vivienda en caso de que el contrato de alquiler sea anterior al 1 de enero de 2015.

Cláusulas suelo

Llega una novedad importante también para los contribuyentes que hayan cobrado la devolución de la cláusula suelo, regularizándose las deducciones de los años no prescritos desde 2012 sin intereses de demora por vivienda habitual. El contribuyente que tendrá que marcar las casillas 453 y 454 recibirá aviso de que su banco ha notificado a Hacienda la devolución.

Cesión del derecho de deducción

Otro de los cambios representativos de esta campaña de la Renta 2016 en el apartado de deducciones es el que permite a los contribuyentes sin obligación de presentar la declaración ceder el derecho a la deducción de 100 euros, 1200 anuales y 2400 en caso de familia numerosas, en favor de un descendiente. Para recibir la deducción necesario presentar el modelo 143.

2.3 Límite en estimación objetiva (módulos)

En este ejercicio aumenta el límite fijado para las actividades económicas en módulos. Si en la declaración anterior este límite estaba establecido en 125.000 y 75.000 euros si el contribuyente expedía factura, este año los límites se establecen 250.000 y 125.000 euros, respectivamente.

3. Resultado de la declaración

La gran mayoría de las Declaraciones salen a devolver. De hecho, según los datos aportados por Hacienda al inicio de la campaña, el ministerio prevé devolver 11,198 millones de euros a un total de 14,7 millones de contribuyentes.

La Agencia Tributaria comienza los trámites 48 horas después de la presentación de la Renta. Dispone de un total de seis meses para efectuar la devolución una vez finalizada la campaña, en este caso el 30 de junio.

Si el resultado de tu declaración sale a ingresar, tienes la posibilidad de fraccionar el pago en dos partes: una primera del 60% cuando se presenta la declaración y otra del 40% con fecha límite hasta el 6 de noviembre de 2017.

Javier Santos
CEO infoautónomos

                    SUBSCRIBIRSE A LA NEWSLETTER
Te puede interesar
   
Comentarios

No hay comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *