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Autónomos, Pymes y Emprendedores

El Gobierno de Aragón promociona el empleo subvencionando el ‘Programa Emprendedores’

25 abril, 2014

La Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón convoca para el año 2014 mediante la Orden de 27 de marzo de 2014 las subvenciones reguladas en el Decreto 1111/2012, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Programa de Emprendedores.

El Programa Emprendedores es el programa público del Gobierno de Aragón constituido por un conjunto de medidas para la promoción del empleo, dirigidas a emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o que pongan en marcha iniciativas emprendedoras del ámbito local que den lugar a microempresas.

Se establecen 3 tipos de actuaciones:

          1. Emprendedores autónomos

En el marco del programa «Emprendedores» se establecen las siguientes subvenciones para trabajadores autónomos:

a) Subvención al establecimiento como trabajador autónomo.

b) Incentivo a la consolidación de proyectos.

c) Subvención financiera.

d) Ayuda para asistencia técnica.

e) Subvención para formación.

Serán beneficiarias las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que, cumpliendo los requisitos previstos en dicho título, se hayan establecido en la Comunidad Autónoma de Aragón como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio; también podrán ser beneficiarios los trabajadores autónomos o por cuenta propia cuando formen parte de sociedades civiles, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.

                2. Microempresas – Iniciativas Locales Emprendedoras (MILE)

Las empresas calificadas como MILE podrán solicitar las siguientes subvenciones, que se financiarán con cargo a los presupuestos del Instituto Aragonés de Empleo:

a) Subvenciones por creación de empleo estable.

b) Subvención financiera.

c) Subvención para asistencia técnica y apoyo gerencial.

d) Subvención para la contratación de expertos técnicos cualificados.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en este capítulo aquellas microempresas que hayan obtenido del Instituto Aragonés de Empleo la calificación de Iniciativa Local Emprendedora en los términos establecidos en este capítulo, siempre que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y siempre que no haya transcurrido un plazo superior a un año desde el inicio de la actividad empresarial.

  • 3. Financiación de Cuotas de la Seguridad Social a beneficiarios de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único

Este programa tiene por objeto financiar parte de los gastos de cotización a la Seguridad Social de aquellos emprendedores que hayan percibido la totalidad de la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único.

Serán beneficiarias las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único que ejerzan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las cuantías y el plazo de presentación de solicitudes varía en función del tipo de actuación subvencionable, y se determinan en la orden de bases reguladoras, el DECRETO 111/2012, de 24 de abril.

Las solicitudes se formalizarán mediante los correspondientes modelos normalizados, debidamente cumplimentados, que se encuentran a disposición de los interesados en el «Catálogo de Procedimientos Administrativos y Servicios prestados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón», a través de la Oficina Virtual de Trámites disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón en la dirección electrónica http://www.aragon.es y en el portal institucional del Instituto Aragonés de Empleo en la dirección electrónica http://www.aragon.es/inae.

Raquel Pinto – Consultora Comercial de infoayudas.com

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