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Extremadura convoca ayudas para el fomento y desarrollo tecnológico que cubren hasta el 70% del proyecto

28 febrero, 2014

A través de la Orden del 30 de diciembre de 2013, publicada en Diario Oficial de Extremadura número 25 del día 6 de febrero de 2014, se ha aprobado la convocatoria de ayudas para el fomento de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en la actividad emprendedora y empresarial de las pequeñas, medianas y grandes empresas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2014.

Las bases reguladoras fueron establecidas mediante el Decreto 213/2012, de 19 de octubre.

El objeto de estas ayudas es fomentar la creación, consolidación, expansión y competitividad de las empresas mediante la realización de proyectos de I+D, además de innovación; la incorporación de estas mejoras en las empresas extremeñas revitalizará la economía regional y la creación de un empleo cualificado.

Se establecen para ello las siguientes líneas de ayuda:

1. Ayudas para la realización de proyectos de Investigación Industrial y/o Desarrollo Experimental en las empresas extremeñas

–  Proyectos de Investigación Industrial consistentes en la realización de una investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar los existentes.

– Proyectos de Desarrollo Experimental orientados a la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.

2. Ayudas para la realización de proyectos de Innovación Tecnológica

Los proyectos que tengan como finalidad la incorporación de innovación o tecnologías avanzadas a la actividad de la empresa para la obtención de nuevos procesos tecnológicos de diseño y fabricación, así como nuevos procesos productivos.

Podrán ser beneficiarias para ambos tipos de ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes así como sociedades civiles sin personalidad jurídica propia, y que, teniendo su domicilio social y/o centro productivo en Extremadura, pretendan la realización de proyectos encuadrables en alguna de las líneas de ayudas indicada en el Título II del presente Decreto y que tengan la consideración de pequeñas, medianas (PYME) o grandes empresas, de acuerdo con la definición que determine en cada momento la Unión Europea.

Para el primer tipo de ayudas la cuantía máxima podrá ser desde el 25% de los costes subvencionables hasta el 70% dependiendo del tipo de proyecto.

Para el segundo caso la cuantía máxima de la ayuda será del 60 % de los costes subvencionables para los emprendedores y las empresas jóvenes innovadoras; para los gastos de consultoría externa especializada la cuantía máxima de la ayuda será del 50 % de los costes reales en que haya incurrido el solicitante.

Para el resto de PYMES la ayuda máxima será del 50 % de los costes subvencionables y el 40 % en el caso de grandes empresas. En aquellos proyectos destinados a la adquisición de software avanzado de gestión el coste máximo subvencionable será de 60.000 €.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el periodo de vigencia de la orden, hasta el día 1 de octubre de 2014.

Raquel Pinto – Consultora Comercial de infoayudas.com

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