Navarra apuesta por los bonos tecnológicos para pymes
Los bonos tecnológicos para pymes son uno de los instrumentos incluidos en el ‘IV Plan Tecnológico de Navarra Horizonte 2015’, aprobado por Acuerdo de Gobierno el 15 de enero de 2014, que consisten en ayudas para que las empresas contraten servicios de transferencia de conocimiento y tecnología a Centros Tecnológicos de Navarra.
El Director General de Industria, Energía e Innovación de Navarra aprobó mediante la RESOLUCION 5E/2014, de 19 de febrero la convocatoria de subvención «Bonos tecnológicos para PYMES» (Boletín Oficial de Navarra nº 48 de 28 de febrero de 2014). La finalidad de estas ayudas es incrementar la actividad innovadora de las empresas fomentando la contratación de actuaciones con Centros Tecnológicos, que supongan una transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación; dicho conocimiento podrá ser posteriormente utilizado por las empresas para innovar en producto, proceso o servicio o como fase previa de un futuro proyecto de I+D+i. Los gastos subvencionables serán los correspondientes a las actuaciones realizadas por un Centro Tecnológico radicado en Navarra y serán aquellos que se realicen entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de septiembre de 2014, así se tendrá en cuenta la fecha que consta en la factura emitida por el Centro Tecnológico. Para ello podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas y profesionales autónomos con centro de trabajo en Navarra, que desarrollen actividades de I+D en el mismo y que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la condición de PYME según lo dispuesto en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (Diario Oficial L 124 de 20.5.2003).
b) Estar inscritos en el Registro Industrial de Navarra, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.7 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
c) No estar incurso en las prohibiciones para ser beneficiario establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
El importe de la subvención será de un 60% del gasto subvencionable (IVA excluido) con un máximo por beneficiario de 15.000 euros, pudiéndose solicitar ayuda por más de una actuación.
El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2014, salvo que con anterioridad se agote el crédito presupuestario autorizado para esta la convocatoria, en este caso se informará del cierre adelantado del plazo de solicitud a través de la ficha correspondiente del catálogo de servicios del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Raquel Pinto – Consultora Comercial de infoayudas.com
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