Programa Emprendetur – Ayuda para proyectos de jóvenes emprendedores
La Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, estableció las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores, y es a través de la Resolución de 26 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado de Turismo, publicada en el BOE número 163, de 9 de Julio, mediante la cual se convocan dichas ayudas para el presente año 2013.
Las personas físicas, residentes en España, que tengan menos de cuarenta años en el momento de presentación de la solicitud y personas jurídicas válidamente constituidas en España, en las cuales la media de edad de los socios sea igual o inferior a cuarenta años en el momento de la presentación de la solicitud, y sean PYME con forma societaria, constituida, como máximo, en los veinticuatro meses anteriores a la solicitud, podrán ser beneficiarias de estas ayudas.
Deberán, en todo caso, acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud, que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por ciento.
Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:
a) Alquiler o leasing.
b) Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
c) Gastos de personal: Personal Titulado Universitario y Superior no Universitario.
d) Otro personal.
e) Asesoría/Colaboraciones externas.
f) Se establece la compensación de los gastos generales y su imputación al proyecto en un tanto alzado máximo del 10 % de los costes totales de personal del proyecto, sin necesidad de justificación.
Las ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables. El importe de los préstamos a conceder será de hasta un máximo del 100 por 100 del presupuesto financiable de la actuación, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 de euros o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud.
Los préstamos tendrán un tipo de interés del 3,74 %, y un plazo de amortización de cinco años, incluyendo opcionalmente un período de carencia máximo de dos años. No se exigirán garantías para la concesión de estas ayudas.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 9 de Agosto de 2013, debiéndose presentar en el Registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
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