Suministro Inmediato de Información de IVA: Qué es, cómo me afecta y qué medidas tomar
El próximo 1 de Julio de 2017 entrará en vigor un nuevo sistema de gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información. ¿En qué consiste el SII?
- Los contribuyentes obligados al SII deberán enviar el detalle de los registros de facturación en un plazo de cuatro días a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. De manera extraordinaria, y para facilitar la transición, durante 2017 el plazo será de ocho días.
- Podrán presentar e ingresar sus autoliquidaciones periódicas del IVA diez días más tarde del plazo vigente en la actualidad.
- Dejarán de tener la obligación de presentar los modelos 347 (operaciones con terceras personas), 340 (libros registro) y 390 (resumen anual del IVA). Se modifica el 303 para incluir más datos.
- Los contribuyentes podrán contrastar la información de sus Libros Registro con la información suministrada por sus clientes y proveedores siempre que estén también incluidos en el sistema.
La generalización en la implantación de sistemas tecnológicos sofisticados, tanto en las empresas como en la Administración, hace posible un reporte más rápido y un control tributario más eficaz. Los sistemas implementados por la Agencia Tributaria permiten limpiar el archivo antes de su entrega, ya que en caso de haber algún error en alguno de los apuntes, se rechazará la totalidad del archivo.
El cambio más relevante en este nuevo sistema de información es el suministro electrónico de los registros de facturación que forman parte de los Libros de Registro del IVA, para lo cual será necesario enviar los detalles de facturación a la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) por medios telemáticos, tales como intercambio de ficheros xml o formularios web. Todo el proceso debe ser automático y no se podrán generar archivos para subir a la AEAT, sino que los sistemas del contribuyente deben comunicarse directamente con la Agencia Tributaria.
En el caso de las facturas simplificadas, será posible agruparlas y enviar los registros de facturación del correspondiente asiento resumen. Para poder hacer esto, es necesario que todas las facturas agrupadas cumplan los requisitos especificados por la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria ha tipificado una sanción del 0,5% sobre la facturación trimestral, con un tope de 6.000€ al trimestre para los contribuyentes que incumplan con esta Normativa.
¿Qué empresas están obligadas por el Suministro Inmediato de Información del IVA?
La nueva reglamentación se aplicará a todos los sujetos pasivos que tengan obligación de autoliquidar el Impuesto de Valor Añadido de forma mensual:
- Empresas con facturación superior a 6 millones de euros
- Grupos de IVA
- Empresas inscritas en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
Se estima que la nueva Normativa afectará a unos 63.000 contribuyentes, representando un 80% del total de la facturación empresarial de España.
¿Supone alguna mejora para el contribuyente?
La entrada en vigor del nuevo SII pondrá a disposición de los contribuyentes un gran volumen de información, en un intervalo de tiempo lo bastante corto como para que el sistema de gestión del IVA resulte notablemente más ágil. Además, los contribuyentes dispondrán de un libro “declarado” y otro “contrastado” con la información procedente de terceros que pertenezcan al colectivo de este sistema o de la Base de Datos de la AEAT. Pero quizá la ventaja más apreciada por muchos de los contribuyentes sea la reducción de los plazos de realización de las devoluciones.
Por último, destacar que los contribuyentes tendrán la posibilidad, en caso de que sea necesario, de corregir los errores en los envíos sin que la AEAT tenga que requerirlo, lo cual redundará en una mayor agilidad del servicio.
¿Está prevista la ampliación del SII a otras empresas?
La Agencia Tributaria no tiene contemplada la inclusión de otros grupos de contribuyentes al SII, dado que la capacidad tecnológica de estos contribuyentes es bastante más reducida y en muchos casos no sería suficiente para cumplir con la normativa.
Sin embargo, aquéllas empresas que cuenten con la capacidad humana y técnica, podrán participar voluntariamente en el SII, pasando a beneficiarse de la simplificación en los trámites, el acceso a información de calidad y la agilización de las devoluciones.
¿Cómo afrontar este cambio?
Todos los cambios implican un cierto grado de resistencia y una curva de aprendizaje que exige la inversión de tiempo y recursos que pueden ser mejor empleados en otras tareas que generen mayor valor añadido para la empresa. Por este motivo, se recomienda que este tipo de tareas sean llevadas a cabo por profesionales especializados y con amplia experiencia en la realización de estas funciones. En este caso, la solución ideal pasa por la automatización del proceso, incluyendo la consulta de la documentación enviada para eventuales comprobaciones posteriores.
CTI Soluciones, filial de Informa, especializada en la externalización de procesos de negocio, cuenta con soluciones modulares que se adaptan completamente a las necesidades del cliente, incluyendo tanto la tecnología más puntera como un equipo de profesionales con conocimientos específicos de gestión tributaria.
CTI Soluciones tiene muchos años de experiencia conectando sistemas de empresas con la Agencia Tributaria. Las empresas de servicios externalizados ya están haciendo pruebas en coordinación con la Agencia Tributaria desde el pasado mes de enero, a fin de llegar totalmente preparados al 1 de julio, fecha definitiva de implementación de la Normativa.
La amplia experiencia de CTI Soluciones estableciendo comunicaciones entre sus clientes y la AEAT permite que los procesos estén perfeccionados para garantizar la máxima eficiencia. Si necesita adaptar su empresa a la normativa de Suministro Inmediato de Información del IVA, puede solicitar asesoramiento sin compromiso haciendo click aquí.
Sebastián Sánchez
Product Manager de Informa D&B
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