Razones para la comprobación tributaria de la actividad de autónomos y pymes
Los procesos de comprobación de Hacienda pueden darse de forma aleatoria o bien estar dirigidas a un autónomo o pyme concretos. Estas comprobaciones (que pueden derivar en Inspecciones) se realizan cuando Hacienda detecta actuaciones irregulares que pueden ser motivo de fraude fiscal.
¿Cuáles son las actuaciones más habituales en la gestión fiscal de autónomos y pymes que ponen sobre la pista a Hacienda y pueden derivar en comprobación tributaria?
Deducciones indebidas de gastos
Si realizas deducciones de gastos como mínimo dudosas tienes más probabilidades de recibir la visita de un Inspector en tu negocio. Existen una serie de gastos que para Hacienda son difícilmente justificables y su afectación a la actividad puede estar en entredicho. Es el caso de los gastos del vehículo, de viaje, telefónicos…
La deducción de gastos está sujeta a unas condiciones muy específicas que en caso de incumplimiento te generará problemas con la Administración Tributaria. Por ello, te recomendamos en una asesoría fiscal que reduzca el pago de tus impuestos desde la experiencia en soluciones legales.
Más gastos que ingresos
Este punto está estrechamente relacionado con el anterior. Declarar sistemáticamente más gastos que ingresos hace saltar las alarmas de Hacienda que puede iniciar comprobaciones ante la falta de correlación entre ingresos y gastos de forma habitual, algo que da a entender que se está declarando por debajo de los ingresos reales.
Devoluciones de IVA
Si el resultado de tu declaración del IVA (modelo 303) es negativo y en el cuarto trimestre has solicitado la devolución del impuesto es posible que Hacienda revise tu contabilidad para verificar que hay derecho a la devolución del IVA. Hay más posibilidades de que la Agencia Tributaria realice estas comprobaciones cuanto mayor sea el importe de la devolución. En general, con la solicitud de devolución de IVA se abre un proceso largo de comprobaciones que puede durar meses.
Baile de cifras en las declaraciones trimestrales y anuales
No solo debe existir correlación entre ingresos y gastos en las autoliquidaciones sino que también debe darse esa correlación entre las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF (modelo 303 y 130 respectivamente) con sus correspondientes modelos anuales (modelo 390 y D-100). Habrás de justificar contablemente estos descuadres cuando Hacienda los detecte.
Solicitud de NIF intracomunitario
La prestación de servicios o entrega de bienes entre dos autónomos de países miembros de la Unión Europea están exentas de IVA siempre que ambos, proveedor y cliente, figuren como operadores intracomunitarios. Para ser operador intracomunitario y poder facturar por las operaciones que realices has de darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y recibir un NIF intracomunitario. Hacienda aumenta la vigilancia sobre las altas en el ROI. Esta vigilancia se suele reducir a una comprobación de datos.
Solicitud de subvenciones
Las ayudas y subvenciones para el desarrollo de la actividad económica tributan en el IRPF como rendimiento de actividad económica. Por ello, Hacienda, conocedora de quien es beneficiario de estas ayudas, vigila que este concepto se impute en el IRPF al periodo en que se produzca el devengo, es decir, la concesión de la ayuda.
Sociedades inactivas y sociedades paralelas
Dejar sociedades inactivas y endeudadas al tiempo que se crean otras con la misma estructura de socios, mismo domicilio fiscal y diferente denominación son motivo suficiente para poner la lupa sobre las mismas.
También en el ámbito de las sociedades, de las grandes sociedades, Hacienda puede fijar sus actuaciones de inspección en las operaciones entre sociedades matrices y filiales con domicilio fiscal en España y en el extranjero.
Dicen que prevenir es mejor que curar. La mejor manera de evitar que Hacienda te siga la pista por posibles irregularidades es no cometerlas. Lleva una correcta gestión contable y fiscal de tu actividad económica con la mano amiga de una asesoría online.
No hay comentarios